Nueva Ley de Formación Profesional
El 21 de abril de 2022, tras un largo recorrido parlamentario, entraba en vigor la Ley Orgánica de la Formación Profesional, la novedad más importante de esta nueva normativa es la implantación de la nueva FP Dual en los Centros Formativos, un puente entre la FP y la universidad. para que las materias se puedan aprender en la universidad y viceversa.
La nueva Formación Profesional
La nueva ley de FP crea un sistema unificado de cinco grados formativos, que van desde las microformaciones hasta los grados profesionales, dependiendo de los conocimientos adquiridos y la cantidad de horas requeridas para obtener cada grado. Además, se combinarán dos existentes, el ciclo formativo de grado superior y el certificado de profesionalidad.
Tipos de grados Formación Profesional
- Grado A: Acreditación parcial de competencia
- Grado B: Certificado de competencia
- Grado C: Certificado Profesional (implica prácticas obligatorias en empresas)
- Grado D: Ciclos Formativos de FP (implica prácticas obligatorias en empresas)
- Grado E: Cursos de Especialización en Grado Medio o en Grado Superior, cuyo acceso no está permitido a menores de 16 años.
Para crear un nuevo modelo de aprendizaje, los estudiantes de formación profesional de los grupos C y D deben ir a las pequeñas y medianas empresas a partir del próximo año académico 2022-2023 a realizar prácticas obligatorias.
Prácticas obligatorias en la empresa a partir de septiembre de 2022
Las prácticas de FP comienzan en el próximo curso 2022-2023, que empezaron en septiembre del 2022.
Las comunidades autónomas deberán implantar la Formación Dual para aquellos alumnos que estén cursando los Grados C y D. Esto especifica unas prácticas obligatorias que se pueden realizar en PYMES.
Las diferentes comunidades autónomas tienen que introducir la Formación Dual para los estudiantes de nivel C y D, lo que significa un período de prácticas en pequeñas y medianas empresas.
Prácticas en la Formación Profesional General (Grado C)
Los cursos profesionales de nivel C estipulan que el tiempo de prácticas en la empresa es del 25% al 35% del tiempo total de formación, y la empresa se compromete a contribuir con hasta el 20% del contenido y los resultados del curso de formación. .
Prácticas en la Formación Profesional Intensiva (Grupo D)
De los cursos de formación profesional de nivel D, la formación en la empresa ocupa el 35 % del tiempo total y más del 30 % de los cursos se desarrollan en colaboración con el centro de formación.
Además, los contratos de formación entre los estudiantes y la empresa y la compensación por su trabajo se establecen de acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo vigente de la empresa.
Los nuevos contratos de formación
Al aprobarse la reforma laboral, se introdujo un nuevo modelo de contrato para educar y formar a los jóvenes menores de 30 años, lo que favoreció la inserción laboral juvenil y frenó así la elevada tasa de desempleo en España.
Con el Real Decreto-Ley de 28 de diciembre 32/2022 se introdujeron dos nuevos modelos: contratos de formación en alternancia y contratos de formación para el acceso a la práctica profesional correspondiente al nivel de estudios.
Los contratos de formación se pueden suscribir oficialmente dentro de los 3 años siguientes a la finalización de los estudios, o hasta los 5 años para estudiantes con una discapacidad igual o superior al 33%. Los alumnos contratados cotizarán por la cuota de formación de la Seguridad Social.
La edad mínima para poder celebrar un contrato de formación es de 16 a 30 años inclusive. En el caso de alumnos con discapacidad, no existe límite de edad.
El principal objetivo de estos contratos de formación es el de posibilitar la formación mientras el alumno ejerce un trabajo retribuido en una empresa. En este caso deben cumplirse serie de requisitos con respecto a la cuantía que se le paga al alumno y la duración del contrato:
El objetivo principal de los contratos para la formación es el de incentivar la formación mientras la empresa desarrolla un trabajo remunerado, sujeto a una serie de compromisos en cuanto a la retribución y duración del contrato:
La retribución del trabajo durante las prácticas:
- La remuneración al alumno por las prácticas debe ser de al menos el 65% de la cuantía determinada por el grupo profesional con estas funciones en el primer año.
- Durante el segundo año no deberá ser menos del 85% sobre la cuantía determinada por el grupo profesional que realiza funciones similares.
El salario durante las prácticas de formación profesional no deberá ser inferior al salario mínimo interprofesional en relación con el tiempo de trabajo real.
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